- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentenció que la normativa española que prohíbe a los estancos la importación de tabaco de otros países europeos viola las reglas de libre circulación de mercancías.
- También recuerda la Corte que un estanco no puede actualmente comprar a un fabricante o mayorista extranjero aunque le ofrezca mejores condiciones o, por ejemplo en una zona fronteriza, estuviese más cerca.
- Los jueces recuerdan que los tratados europeos establecen que ese tipo de limitaciones pueden ser válidas por razones de interés general, como orden público, seguridad, salud o protección de la propiedad industrial entre otras. Sin embargo, en el caso español, El Tribunal considera que la justificación del Gobierno de garantizar un control fiscal y aduanero de las labores de tabaco y de asegurar su control sanitario no es suficiente.
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lunes, 30 de abril de 2012
Comercio internacional de tabaco
Este sector no deja de sorprenderme. El tabaco mata o, al menos, puede afectar muy seriamente a la salud, pero se puede consumir legalmente. Si tienes menos de 18 años, no lo puedes comprar. Sólo se puede adquirir en lugares autorizados. Y también resulta que un distribuidor autorizado no podía adquirirselo a cualquier proveedor. Se abre ahora la opción de que los estancos puedan importar libremente. La noticia, según Cinco Días, tiene estas pinceladas:
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