- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentenció que la normativa española que prohíbe a los estancos la importación de tabaco de otros países europeos viola las reglas de libre circulación de mercancías.
- También recuerda la Corte que un estanco no puede actualmente comprar a un fabricante o mayorista extranjero aunque le ofrezca mejores condiciones o, por ejemplo en una zona fronteriza, estuviese más cerca.
- Los jueces recuerdan que los tratados europeos establecen que ese tipo de limitaciones pueden ser válidas por razones de interés general, como orden público, seguridad, salud o protección de la propiedad industrial entre otras. Sin embargo, en el caso español, El Tribunal considera que la justificación del Gobierno de garantizar un control fiscal y aduanero de las labores de tabaco y de asegurar su control sanitario no es suficiente.
lunes, 30 de abril de 2012
Comercio internacional de tabaco
Este sector no deja de sorprenderme. El tabaco mata o, al menos, puede afectar muy seriamente a la salud, pero se puede consumir legalmente. Si tienes menos de 18 años, no lo puedes comprar. Sólo se puede adquirir en lugares autorizados. Y también resulta que un distribuidor autorizado no podía adquirirselo a cualquier proveedor. Se abre ahora la opción de que los estancos puedan importar libremente. La noticia, según Cinco Días, tiene estas pinceladas:
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