El comercio internacional de los medicamentos genéricos es una fuente constante de conflictos. La protección de la propiedad intelectual a través de las patentes genera problemas entre países. El último conflicto conocido ha tenido lugar en Holanda.
India y Brasil no tienen registrada la patente de un medicamento contra la hipertensión, llamado Losartan. En estos países está permitido el uso de genéricos con el mismo principio activo del Losartan. Una empresa india se dedica a su producción y lo comercializa en su país y en otros países que aceptan la versión genérica de este medicamento. Uno de estos países es Brasil, que a la vez es un gran consumidor. Otros países todavía no aceptan el genérico, y entre ellos está la UE.
Un barco sale de la India con una cargamento del genérico de Lozartan. En su ruta hacia Brasil hace escala en el puerto de Rotterdam. Y allí las autoridades comunitarias lo incautan y lo envían de vuelta para la India. Como consecuencia se produce un duro enfrentamiento en la Organización Mundial de la Salud por lo que muchos han interpretado como una barrera al comercio que perjudica los intereses de los países en desarrollo. ¿Hasta que punto es legal incautar una mercancía en tránsito? ¿Es aplicable la normativa de la UE a un medicamento que procede de la India y tiene destino final Brasil y que cumple las normas de estos dos últimos países en cuanto a protección de la Propiedad Intelectual en el marco de la OMC?
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