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Una norma general de la OMC indica que, una vez que un producto traspasa las fronteras de un país, no puede ser discriminado (esto es, gravado fiscalmente) de manera diferente a un producto local. Llevado al caso: el brandy y el whisky pagan sus aranceles al entrar en Filipinas. Pero una vez allí, el impuesto (tipo IVA) que grava a estos dos licores europeos es superior al de sus productos homólogos filipinos.
Los europeos protestan: La Scotch Whisky Association, que representa al 95% del whisky producido en Escocia, indica que sus exportaciones a Filipinas han caido de 15 millones de libras en 2003 a 3 millones en 2008.
¿Y qué dicen los filipinos? La justificación se basa en que los productos competidores (sustitutivos) de estas bebidas son producidos por comunidades indígenas en base al coco y la caña de azúcar. Y que el favoritismo fiscal se debe a que es una medida de apoyo a estas comunidades tradicionalmente pobres. Además, indican los filipinos, sus productos son de inferior calidad y precio a los europeos, luego no serían productos competidores (o sustitutivos).
¿Quién tiene razón?
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